Cuestiones relativas al derecho de extranjería

A continuación encontrará respuesta a las reiteradas cuestiones relativas al derecho de extranjería. Las cuestiones específicas como las cuestiones de visado, documentos de residencia, migración por razones económicas (permiso de trabajo e inmigración de profesionales), naturalización, etc. competen en Freiburg al Departamento para Asuntos de Extranjería y Nacionalidad (Abteilung Ausländer- und Staatsangehörigkeitsrecht) en la Oficina de Migración e Integración (Amt für Migration und Integration) de la ciudad de Freiburg.

Para cuestiones relativas al derecho de extranjería puede dirigirse primeramente al Servicio Especializado en Derecho de Extranjería (Fachservice Ausländerrecht) del edificio administrativo situado en Berliner Allee 1, 79114 Freiburg y al teléfono de atención n.º: 0761/201-6470. Puede concertar una cita para que le atiendan personalmente llamando al teléfono de atención o escribiendo un correo electrónico a la dirección: ABH-Termine@stadt.freiburg.de. Para cuestiones urgentes también es posible concertar una cita a corto plazo en la misma oficina.

Amt für Migration und Integration

Ausländer- und Staatsangehörigkeitsrecht

Entrada y residencia

Cuestiones relativas al visado

Los nacionales de la Unión Europea (UE), de los Estados del EEE (Espacio Económico Europeo: Islandia, Noruega y Liechtenstein), de Australia, Israel, Japón, Canadá, Nueva Zelanda, de la República de Corea, de Suiza, de los EE.UU. y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (siempre que estos últimos hayan entrado en el país después del 01/01/2021 y no estén afectados por el acuerdo de salida) no requieren visado para entrar en la República Federal de Alemania.

Lo mismo rige para los nacionales de Andorra, Brasil, El Salvador, Honduras, Mónaco y San Marino que no tengan intención de ejercer ningún trabajo remunerado.

Los nacionales de los países del Anexo II también están exentos de la obligación de disponer de un visado en caso de estancias breves de un máximo de tres meses. Si está prevista una estancia de más de tres meses en Alemania, la entrada de los grupos de personas citados solo es posible con el visado correspondiente.

Los nacionales que no estén incluidos en uno de los grupos de personas citados anteriormente necesitan un visado tanto para estancias cortas (3 meses) como para estancias superiores a tres meses.

Encontrará una relación de la exención de visado para los respectivos países en la siguiente página de la Oficina Federal de Migración e Integración (Bundesamt für Migration und Integration):

Cuáles son las ventajas del Acuerdo de Schengen para personas de terceros países?

Desde el 26 de marzo de 1995, los nacionales de terceros países (nacionales de países de fuera de la Unión Europea) que permanezcan con un documento de residencia y un pasaporte válido en un Estado Schengen (Alemania, Bélgica, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Austria, Polonia, Portugal, Suecia, Suiza, Eslovaquia, Eslovenia, España, República Checa y Hungría) pueden viajar sin visado a otros Estados Schengen y permanecer en ellos por motivos turísticos hasta 90 días por semestre. Los titulares de un visado Schengen que hayan entrado de forma legítima en el territorio de soberanía de uno de los Estados Schengen pueden moverse libremente en el territorio de soberanía de todos los Estados Schengen durante el período de validez del visado. Los países miembros de la UE Bulgaria, Rumanía y Croacia aplican el acervo de Schengen hasta ahora solo parcialmente. Hasta la aplicación íntegra del acervo de Schengen pretendida por estos tres países, siguen permaneciendo de momento los controles de las personas en las fronteras interiores.

Migración por razones económicas

Información sobre ocupación para extranjeros en la página web del Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos sociales (Bundesministerium für Arbeit und Soziales)

La expedición de estos visados de entrada compete a las representaciones alemanas en el extranjero en el respectivo país de origen. Los motivos para la entrada en la República Federal de Alemania son comprobados por la representación alemana en el extranjero. La entrada en la República Federal de Alemania no es posible hasta después de esta comprobación previa y de la expedición del visado. También puede obtener información más detallada en la dirección de Internet www.auswaertiges-amt.de

La Ley de inmigración de profesionales vigente desde el 01/03/2020 supone un procedimiento agilizado para profesionales que acelera el proceso de concesión de visados a personas extranjeras que desean entrar en el país con el fin de trabajar en Alemania. Encontrará más información al respecto en las páginas web de la oficina de extranjería o en la siguiente auslaender-feg@stadt.freiburg.de.

Documentos de residencia

Cuál es mi estatus de residencia?

Los nacionales de todos los países necesitan un documento de residencia para permanecer de forma prolongada y/o para poder trabajar en Alemania.

Para permanecer de forma legal en el territorio de la República Federal de Alemania existen los siguientes documentos de residencia:

  • Visado
  • Permiso de residencia
  • Permiso de establecimiento

Un visado para una estancia de larga duración se solicita en principio, al igual que el puro visado de visita, en la representación alemana en el extranjero en el país de origen de la persona extranjera. Esto no es válido para los nacionales de la Unión Europea, de Australia, Israel, Japón, Canadá, la República de Corea, Nueva Zelanda, de los Estados Unidos de América y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, debido a que estos pueden presentar una solicitud correspondiente en el territorio de la República Federal de Alemania. Un permiso de residencia sujeto a una limitación temporal se concede por un motivo de estancia citado en la ley (por ejemplo, estudios, formación o reagrupación familiar). Después de la entrada con un visado nacional se concede a petición un permiso de residencia sujeto a una limitación temporal para un determinado motivo de estancia legal. Si se concede inicialmente un permiso de residencia sujeto a una limitación temporal, por regla general es posible la concesión de un permiso de establecimiento con carácter permanente después de la finalización de determinados plazos.

Un permiso de establecimiento se concede por ejemplo cuando una persona extranjera dispone de un permiso de residencia desde hace cinco años y se cumplen otras condiciones (por ejemplo, tener asegurada la subsistencia, no tener antecedentes penales, tener conocimientos suficientes del idioma alemán o que no existan razones de expulsión). El permiso de establecimiento es ilimitado en cuanto a tiempo y espacio y autoriza el ejercicio de un trabajo remunerado (actividad por cuenta ajena y por cuenta propia). Protege en especial de una expulsión.

Documentos que deben aportarse para la solicitud de un documento de residencia:
 

  • Documento de identidad/pasaporte del país de origen
  • Fotografía actual (biométrica)
  • Nóminas actuales de los últimos tres meses
  • Comprobante de un seguro de enfermedad con suficiente cobertura
  • Contrato de alquiler o bien contrato de compra/extracto del registro de la propiedad en caso de vivienda en propiedad
  • Comprobante de contribuciones al seguro de pensiones a lo largo de cinco años (en caso de permiso de establecimiento)
  • En caso de agrupación familiar es necesaria una cita a la que debe acudir personalmente el cónyuge y una acreditación de los conocimientos del idioma alemán mediante una prueba.

La pérdida del pasaporte significa también la pérdida del derecho de residencia?

La falta de un pasaporte válido no lleva de forma automática a la expiración del documento de residencia. Pero las personas extranjeras seguirán teniendo la obligación de disponer de un pasaporte válido de su país de origen o de un documento alemán sustitutorio del pasaporte. La ampliación del plazo de validez del pasaporte/documento de identidad debe solicitarse en el consulado correspondiente. Los titulares de un documento sustitutorio del pasaporte deben dirigirse a la oficina de extranjería competente.

Qué es el permiso de residencia electrónico (eAT)?

El permiso de residencia electrónico (eAT) es un documento independiente en el práctico formato de una tarjeta de crédito que reciben todos los nacionales de los países de fuera de la Unión Europea (los nacionales de terceros países) a partir del 1 de septiembre de 2011. Con la introducción del eAT se sustituyen el anterior permiso de residencia (etiqueta adhesiva), la tarjeta de residencia y de residencia permanente y el documento de identidad sustitutorio en formato de papel. En un chip sin contacto están almacenados, junto a datos personales, una fotografía digital y dos huellas dactilares. Al igual que el nuevo documento de identidad de los ciudadanos alemanes, el eAT abrirá a los ciudadanos y a las ciudadanas extranjeros/as la posibilidad de la comunicación online con las autoridades y administraciones públicas. El eAT contiene una función de identificación online con la que pueden realizarse transacciones de forma rápida y sencilla, por ejemplo en Internet o en máquinas expendedoras. El eAT está preparado para el uso de una firma electrónica cualificada para la firma legalmente vinculante de documentos electrónicos. El uso de las funciones de identificación online (identificación electrónica y función de firma electrónica) es voluntario y puede activarse o desactivarse opcionalmente. Todos los Estados miembros de la UE están obligados a introducir el eAT sobre la base de los reglamentos de la UE número 1030/2002 y número 380/2008. El objetivo es conseguir un modelo uniforme de los permisos de residencia de la Unión Europea y, mediante el uso de datos biométricos, aumentar la vinculación entre el/la titular del documento y el documento propiamente dicho, además de protegerlo contra un uso indebido.

Indicación:
 

Los anteriores permisos de residencia en los pasaportes y los papeles sustitutorios del pasaporte serán válidos como mucho hasta el 31/08/2021. Puede obtener más información en la oficina de extranjería.

Soy profesor/a y deseo realizar con mis alumnos/as un viaje de la clase al extranjero. Qué es lo que debo tener en cuenta?

Los niños que tengan su residencia en Alemania y no posean la nacionalidad alemana ni sean nacionales de la UE necesitan, por regla general, un visado para viajar a los Estados que no formen parte de la UE. Para los Estados Schengen son de aplicación en este caso unos reglamentos especiales. Debería aclararse sin falta con la suficiente antelación en la representación del respectivo Estado o en la oficina de extranjería local, en qué caso necesita un niño un visado y para qué país.

Nacionalidad y naturalización

La nacionalidad alemana para niños nacidos en Alemania

Obtiene un niño automáticamente la nacionalidad alemana?

Un niño de padres extranjeros obtiene la nacionalidad alemana por haber nacido en Alemania si el padre o la madre

  • tiene regularmente su residencia habitual en Alemania desde hace ocho años y
  • dispone de un derecho de residencia de duración indefinida (por ejemplo, permiso de establecimiento, autorización de libre circulación de ciudadanos de la UE) o
  • como nacional de Suiza o uno de sus familiares posee un permiso de residencia en virtud del acuerdo del 21/06/1999 entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza relativo a la libre circulación.

La obtención de la nacionalidad alemana es constatada por la Oficina del Registro Civil. Hasta cumplir los 21 años de edad, el niño puede poseer la nacionalidad alemana y al mismo tiempo la nacionalidad extranjera de sus padres. En ese momento el niño tiene que decidir si desea mantener la nacionalidad alemana o la extranjera (obligación de elección).
A este respecto, recibirá un escrito del órgano de administración pública competente informándole sobre el proceso.

Si se decide por la nacionalidad alemana debe renunciar a la nacionalidad extranjera a más tardar dos años después de recibir la indicación de elección conforme al artículo 29 párrafo 5 punto 5.

Indicación:
 

Los niños en cuestión pueden conservar las dos nacionalidades si se han criado en Alemania. Esto es aplicable si en el momento de cumplir los 21 años de edad

  • han residido de forma habitual en Alemania durante 8 años o
  • han estado escolarizados en Alemania durante 6 años o
  • han conseguido un certificado escolar alemán o
  • tienen un título de formación alemán

También es posible conservar las dos nacionalidades si, además de la nacionalidad alemana, se dispone de la nacionalidad de un Estado Miembro de la Unión Europea o de Suiza o se ha concedido una autorización de conservación.

Pueden naturalizarse los niños que no hayan adquirido la nacionalidad alemana por nacimiento?

Sí, si cumplen los requisitos generales de naturalización (ver más abajo). A partir de los 16 años de edad los niños pueden presentar una solicitud de naturalización por su cuenta. Anteriormente pueden naturalizarse por regla general junto con los padres. Si la naturalización es posible también sin los padres depende de diferentes factores y debe ser aclarado en cada caso con la oficina de naturalización.